El proyecto ingresó por el Senado y establece medidas para prevenir el juego patológico, prohibir la publicidad no autorizada y sancionar penalmente la explotación ilegal de juegos de azar en línea.
Este martes, el Gobierno presentó un nuevo paquete de leyes para tratar en el Congreso de la Nación. Allí se encuentra la «Ley de Prevención de la Ludopatía y Regularización de Juegos de Azar en Línea», que ingresó por el Senado junto a la Eliminación del Etiquetado Frontal.
En el mensaje presidencial del documento, el Poder Ejecutivo explica que el proyecto reconoce el «incremento del acceso a las plataformas de apuestas y de juegos de azar, particularmente entre niños, niñas y adolescentes». En este sentido, postula que el uso problemático de dichos espacios «constituyen fenómenos complejos y multidimensionales», que requiere de «herramientas interdisciplinarias», «estrategias preventivas» y «coordinación institucional entre los distintos niveles del Estado». Asimismo, establece que las consecuencias de los consumos digitales problemáticos no se limitan a las consecuencias clínicas, sino que afectan «el carácter económico, social, familiar, educativo y sanitario».
Objetivos y medidas
De acuerdo al documento oficial, la Ley dispone: erradicar la explotación de juegos de azar en línea no autorizados; establecer que la prevención del juego patológico es una política de salud pública; y prohibir el acceso y uso de juegos de azar en línea a los menores de edad.
Para esto, se tomarán las siguientes medidas: desarrollar estrategias de prevención y abordaje del juego patológico de forma coordinada entre todas las provincias; establecer políticas públicas que contribuyan a la concientización de la población sobre las consecuencias del juego patológico; elaborar estadísticas e información para el monitoreo de las políticas de prevención y para establecer la magnitud y características de la problemática; prohibir la publicidad y promoción de juegos de azar en línea no autorizados; y coordinar entre las provincias los lineamientos para la publicidad y promoción de juegos de azar en línea autorizados.
Sanciones penales
El Proyecto de Ley diferencia las «plataformas de juego de azar en línea no autorizadas» de las «plataformas de juego de azar en línea autorizadas». Dichos nombramientos los establece la «autoridad jurisdiccional competente en materia de juegos de azar», que son «los organismos a los que las provincias asignan las competencias para otorgar licencias, regular y/o controlar el funcionamiento de los juegos de azar en línea».
En materia penal, el texto propone: de tres a seis años de prisión «el que explotare, administrare, operare o de cualquier manera organizare cualquier modalidad o sistema de captación de apuestas de juegos de azar» sin contar con autorización; y de dos a cuatro años de prisión el que, sin autorización y con la finalidad de facilitar la explotación ilegal de juegos de azar en línea, «prestare servicios financieros, tecnológicos, publicitarios o digitales esenciales para su funcionamiento».
Además, la ley prohíbe la publicidad, promoción y patrocinio de juegos de azar en línea no autorizados y su difusión de cualquier manera, así como la participación en dicha publicidad.
Condiciones para la publicidad autorizada
Las plataformas autorizadas deberán cumplir con que no podrán ser dirigidas ni protagonizadas por menores de edad; no podrán utilizarse contenidos que vinculen la participación en juegos de azar en línea con el éxito personal, laboral o social; no deberán transmitir la idea de que cualquier eventual ganancia acarreará soluciones financieras; no deberán promover el consumo de alcohol o de tabaco durante la participación en los juegos de azar; y cualquier entidad que difunda publicidad deberá constatar que corresponden a un operador autorizado.
Obligaciones de organismos
El proyecto destaca el rol de la Secretaría de Políticas Integrales sobre Drogas de la Nación Argentina (Sedronar), la cual forma parte del Ministerio de Salud. El texto establece que el organismo «deberá desarrollar acciones de prevención, concientización, capacitación, investigación y abordaje integral de la ludopatía y del juego problemático», en conjunto con distintas entidades.
El Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom) deberá adoptar las medidas necesarias para imposibilitar el ofrecimiento de contenidos y la difusión de publicidad de juegos de azar en línea no autorizados. El Banco Central de la República Argentina (BCRA) deberá adoptar medidas para prohibir a toda entidad financiera la transferencia de dinero de cuentas vinculadas a menores de edad. La Comisión Nacional de Valores (CNV) dispondrá que los proveedores de servicios de activos virtuales no podrán ofrecer servicios o productos a operadores de juego de azar en línea no autorizados ni autorizados si no cuentan con sistemas y procedimientos tecnológicos para verificar la edad de los usuarios. La Dirección Nacional de Registro de Dominios de Internet (NIC Argentina) podrá adoptar medidas de suspensión, inhabilitación o baja respecto de las direcciones de dominio denunciadas por la autoridad jurisdiccional correspondiente.

