El Gobierno nacional decidió dejar de apelar fallos judiciales vinculados al cobro del Impuesto a las Ganancias a jubilados, según una instrucción general de ARCA del 15 de mayo.
El Gobierno nacional decidió dejar de apelar fallos judiciales vinculados al cobro del Impuesto a las Ganancias a jubilados. La medida, aplicada por la Agencia de Recaudación de Control Aduanero (ARCA), implica un giro en la estrategia legal del Estado y podría acelerar la resolución de juicios previsionales en curso.
La decisión fue oficializada a través de una instrucción general el 15 de mayo y conocida en las últimas horas. El organismo resolvió que ya no sostendrá apelaciones automáticas en todas las instancias judiciales, como venía ocurriendo hasta ahora. Según informó Clarín, ARCA evaluó que continuar con ese esquema implicaba un costo fiscal elevado y una acumulación de litigios que podía extenderse durante años.
Actualmente, alrededor de 130.000 jubilados están alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, según datos informados en su momento por la Jefatura de Gabinete al Congreso. El tributo alcanza a los haberes que superan el equivalente a ocho jubilaciones mínimas. Con los valores actuales, ese umbral se ubica en torno a los 3,1 millones de pesos. En términos prácticos, el nuevo criterio podría acortar los tiempos de los juicios previsionales, ya que el Estado dejaría de sostener apelaciones en forma sistemática.
Hasta ahora, el Estado estaba obligado a recurrir sentencias hasta la última instancia posible en este tipo de casos. Con el cambio de criterio, ARCA podrá desistir de la apelación tanto en fallos de primera instancia como de cámara. Incluso, en algunos casos, podría no continuar litigando luego de una sentencia inicial, lo que acelera la resolución de los expedientes. Según trascendió, se evaluará la jurisprudencia de cada cámara para definir si existe un criterio consolidado en contra del Estado antes de avanzar o desistir de la apelación.
La decisión se apoya en el fallo “García, María Isabel c/ AFIP”, dictado por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019. En ese caso, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de la aplicación de Ganancias sobre una jubilación, al considerar la situación de vulnerabilidad de la demandante. Los jueces señalaron que el envejecimiento y la discapacidad deben ser considerados factores que impactan en la capacidad contributiva, por lo que no pueden tratarse igual que otras categorías fiscales. A partir de ese precedente, la Corte ordenó la devolución de los montos retenidos y estableció que, mientras no exista una legislación específica para jubilados en situación de vulnerabilidad, no corresponde aplicar descuentos en esos casos. Con este antecedente, ARCA considera que existe jurisprudencia suficiente para modificar su postura y reducir la litigiosidad en este tipo de causas previsionales vinculadas a Ganancias.

