lunes, 27 enero, 2025

Opinión. Identificar los lugares de aterrizaje, clave para frenar a los vuelos del narcotráfico

Recientemente se conoció la información sobre el hallazgo de 359 kilos de cocaína que fueron encontrados en una avioneta que aterrizó en una zona descampada de Entre Ríos. Para entender la parte legal del problema, un vuelo “clandestino” es técnicamente lo que se denomina un TAI (Tránsito Aéreo Irregular), básicamente una operación aérea que no ha cumplido con los requisitos regulatorios previos a su despegue y no puede ser identificada. Ahora bien, un TAI puede encuadrar en 3 categorías legales diferentes: puede ser un simple aeroaplicador -fumigador- que omitió declarar la operación a la autoridad aeronáutica, o un helicóptero dirigiéndose de un campo a otro, en cuyo caso se le aplica una sanción administrativa; puede ser una operación delictiva como narcotráfico o contrabando, en cuyo caso se aplica el Código Penal, Aduanero y Procesal Penal; o puede ser una hipótesis de Defensa -incursión de vectores militares- en cuyo caso se aplica el Iure Belli.

Las consecuencias de estos 3 regímenes legales diferentes producen efectos y tienen limitaciones específicos. En el caso que nos ocupa, narcotráfico, la vigencia y aplicación del Código Penal y Procesal Penal obliga a hacer un uso proporcionado de la fuerza. Para todos aquellos que conocen cómo funcionan las operaciones aéreas, sabrán que no es posible el uso proporcionado del fuego aéreo si se utilizan elementos de combate en una intercepción aérea, más allá del problema técnico irresoluble derivado de la sustancial diferencia de velocidad entre un avión de combate y un turbohélice mono o bimotor. Básicamente, si se trata de interceptar y utilizar fuego en el caso que los delincuentes no acaten ordenes, la situación no es similar a una persecución terrestre donde se puede disparar con relativa posibilidad de eficiencia -típico caso de la persecución callejera de patrulleros a delincuentes-. En el caso del uso del fuego en una operación aérea no hay margen diferente al resultado letal de la operación de intercepción. En ese caso se produce un derribo, sin juicio previo, lo cual desaconsejaría su uso por los conflictos legales que conllevaría.

¿Cuál sería entonces una solución posible al narcotráfico por vía aérea ejecutado mediante turbohélices que pueden operar a baja altura, ya sea por debajo o por fuera del área de cobertura de radares 3D, limitada por cierto? Básicamente la solución es desarrollar la capacidad de detección, intercepción, acompañamiento y detención terrestre.

Para desarrollar la capacidad de intercepción se debe continuar con la producción e instalación en la frontera NOA y NEA de radares 3D derivados del contrato firmado entre Defensa e INVAP en el año 2003, por el cual nuestro país desarrolló el prototipo y está en condiciones de proveer el equipamiento y el mantenimiento sin depender de terceros países.

El segundo componente es desarrollar con bases en NOA y NEA una flota de turbohélices de similares características a los utilizados para operaciones de narcotráfico, que permitan interceptar y ejecutar una persecución controlada del vector delictivo hasta forzar su aterrizaje. Afortunadamente la física nos enseña que no es necesario derribarlo, la falta de combustible lo forzara a regresar a su lugar de origen o aterrizar en nuestro territorio. Y ese es el momento de apresar y someter a juicio a los delincuentes.

La policía de Entre Ríos, junto a la droga secuestrada de la avioneta que debió hacer un aterrizaje forzoso en las islas de Ibicuy

Pero el componente más importante es la inteligencia criminal previa, que básicamente debe identificar lugares aptos para aterrizaje, sistematizar esa información y desarrollar sistemas de monitoreo y respuesta rápida terrestre.

Un punto de partida útil lo produjimos en 2015 mediante la Disposición Subsecretaria de Lucha contra el Narcotráfico SSLN 003/14 que aprobó el Protocolo General de Detención y Control de Lugares Aptos para Operaciones Aéreas No Declarados, donde analizamos la totalidad de los Lugares Aptos Declarados operativos y no operativos provistos por ANAC (aproximadamente 1400) , perfilamos sectores de riesgo y de interés (aproximadamente 400), fijamos criterios de trabajo para la Dirección Nacional de Inteligencia Criminal y el Consejo de Seguridad Interior en esta materia, y establecimos los mecanismos de coordinación adecuados con los gobiernos provinciales y el ministerio público.

Creemos que no se trata de pretender usar aviones de combate para derribar turbohélices no-artillados (situación cuya relación de costo operacional-eficiencia está lejos de ser viable), no se trata de depender de la suerte o la buena voluntad de los vecinos que ven las operaciones y se animan a denunciar (dado que se los somete a represalias, y no se puede exigir ese coraje cívico), se trata de planear y ejecutar los recursos estatales de manera lógica, eficiente y dentro de la legalidad para desestimular la vía de ingreso de estupefacientes, limitando de esa manera el enriquecimiento de los grupos criminales y el lavado de activos en nuestro país.

El autor fue subsecretario de Lucha contra el Narcotráfico, líder del equipo de investigación de la ONU sobre el uso de armas químicas en Siria y experto en armas de los investigadores de la ONU sobre Yemen.

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