Pymes: establecen cronograma para adherir a la factura de crédito electrónicaEconomía 

Pymes: establecen cronograma para adherir a la factura de crédito electrónica

El Gobierno fijó el cronograma de implementación del Régimen de Factura de Crédito Electrónica para los distintos sectores pyme y fijó que por un año se aplicará a comprobantes mayores a $ 50.000.

El régimen permitirá la reducción del costo financiero para las pymes -que actualmente pagan tasas elevadas en los bancos para financiar capital de trabajo- negociando los títulos ejecutivos previstos para el pago de las facturas.

Mirá también

Newsletters Clarín

Qué pasó hoy | Te contamos las noticias más importantes del día, y que pasará mañana cuando te levantes

De Lunes a viernes por la tarde.

Recibir newsletter

La resolución 5/2019 del Ministerio de Producción, publicada en el Boletín Oficial, estableció que de mayo a septiembre podrán adherir los siguientes sectores:

* Mayo: Industria manufacturera; comercio mayorista y minorista; reparación de automotores y motocicletas; suministro de electricidad, gas, vapor y aire acondicionado; suministro de agua y cloacas; gestión de residuos y recuperación de materiales y saneamiento público; la intermediación financiera; y los servicios de seguros.

* Junio: Explotación de minas y canteras.

* Julio: Construcción y transporte.

Mirá también

* Agosto: Servicios inmobiliarios; enseñanza; salud; servicios sociales, artísticos, culturales, deportivos y de esparcimiento; servicios de asociaciones y personales; y agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca.

* Septiembre: Servicios de alojamiento y comida, profesionales, científicos y técnicos, actividades administrativas, y servicios de apoyo, información y comunicaciones.

Mirá también

La resolución determinó además que excepcionalmente el régimen se aplicará por un año a los comprobantes que se emitan por un monto igual o superior a $ 50.000.

También de forma excepcional, hasta 30 de abril el régimen alcanzará a a quienes desarrollen como actividad principal la “fabricación de partes, piezas y accesorios para vehículos automotores y sus motores” para las operaciones superiores “a $ 9 millones”.

AB

Articulos relacionados